Celebramos la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Pérez Lucas y otros vs. Guatemala, que fue litigado por el Consejo de Comunidades Étnicas Runujel Junam (CERJ) y RFK Human Rights. Esta decisión clave aborda la desaparición forzada de cuatro defensores de los derechos humanos, Agapito Pérez Lucas, Nicolás Mateo, Macario Pú Chivalán y Luis Ruiz Luis, en 1989 durante el conflicto armado interno del país. También aborda la impunidad persistente en torno a los hechos del caso y su impacto en las familias de los defensores y en la sociedad.
Las víctimas fueron desaparecidas forzadamente por agentes del Estado a finales de la década de 1980 debido a su papel activo en la defensa de los derechos humanos como miembros del CERJ. A pesar de las reiteradas peticiones de sus familias, el Estado guatemalteco no investigó ni proporcionó información sobre su paradero. Una investigación formal iniciada en 2006 estuvo plagada de retrasos y falta de cooperación por parte de instituciones estatales clave, especialmente el Ministerio de Defensa.
“Hoy celebramos una decisión monumental, un triunfo de la creencia inquebrantable en la justicia, la rendición de cuentas y la dignidad de cada individuo. Nuestro más profundo agradecimiento a Amílcar Méndez, fundador del CERJ, y a las familias de las víctimas, cuya determinación en estos últimos 35 años demuestra el poder de la persistencia y la resiliencia”, declaró Kerry Kennedy, presidenta de RFK Human Rights. “Seguiremos defendiendo los derechos humanos y luchando por un mundo en el que estas violaciones sean intolerables”, añadió.
La Corte Interamericana concluyó que el Estado de Guatemala es responsable de la desaparición forzada de los cuatro defensores como represalia directa por su labor en favor de los derechos humanos, de no buscar el paradero de los defensores y de no investigar los hechos. Con sus actos y omisiones, el Estado de Guatemala violó varios derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada, entre ellos el derecho a la vida, la integridad personal y la libertad personal, el acceso a la justicia y el acceso a la información, así como los derechos a la libertad de asociación, a la vida familiar y a la libertad de circulación. La Corte también determinó que Guatemala había violado el derecho a la verdad y el derecho a defender los derechos humanos.
En consecuencia, la Corte ordenó varias medidas de reparación a favor de las víctimas, entre ellas ordenar al Estado que investigue de forma exhaustiva, imparcial y eficaz las desapariciones forzadas e identifique y responsabilice a los autores, así como que elabore y aplique un plan de búsqueda para localizar el paradero de las víctimas.
Adicionalmente, la Corte ha ordenado al Estado de Guatemala implementar una serie de medidas de no repetición, entre las que se encuentran:
- Establecer una política pública de desclasificación y preservación de archivos relacionados con el conflicto armado interno;
- Crear e implementar un mecanismo nacional de búsqueda de desaparecidos forzados en Guatemala;
- Fortalecer la Procuraduría Nacional de los Derechos Humanos.
- Establecer una política nacional de protección de los defensores de los derechos humanos.
“Esta Sentencia es muy importante e impacta el sistema de justicia guatemalteco que actualmente se está erosionando. Es además un mensaje contundente a la élite militar que en el actual contexto ha sido beneficiada de impunidad por los crímenes de lesa humanidad que cometieron los militares durante el conflicto armado en Guatemala” señaló Amilcar Méndez Urizar, fundador del CERJ.
Junto con el fundador del CERJ y la sociedad civil guatemalteca, RFK Human Rights continuará trabajando para implementar esta sentencia histórica y asegurar que la impunidad no prevalezca.