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The Bonfilio Rubio Villegas Case

7/30/2018Staff Article

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On June 20, 2009, Mr. Bonfilio Rubio Villegas, a Nahua native from Tlatzala, Tlapa de Comonfort, state of Guerrero, was victim of an extrajudicial execution committed at a military checkpoint while he was travelling by bus, near the city of Huamuxtitlán, state of Guerrero. His execution was committed during a “routine inspection” by military officials stationed at the checkpoint; no one has been held accountable for his death. His case was filed before the Inter-American Commission on Human Rights (IACHR) on January 2, 2017, by the Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, the Centro de Derechos Humanos José María Morelos y Pavón and Robert F. Kennedy Human Rights.

Mr. Bonfilio Rubio’s case represents one of many related to gross human rights violations committed at military checkpoints, a historic practice in Mexico that has increased since the militarization of the country. A landmark case decided in 2009 by the Inter-American Court of Human Rights was the first time the regional human rights body addressed this problematic practice in Mexico and found the State responsible for the detention and enforced disappearance of Mr. Rosendo Radilla Pacheco at a military checkpoint in the state of Guerrero.

In 2016, the National Commission on Human Rights filed a constitutional challenge before the National Supreme Court of Justice against several articles from the Military Justice Code and the Military Code on Criminal Procedures, that is still pending judgment. Among the articles alleged as unconstitutional are those that foresee inspections of vehicles and persons, without judicial authorization, such as military checkpoints.

In March, 2018, the National Supreme Court of Justice ruled on two constitutional challenges filed against several articles from the National Code on Criminal Procedures that foresee, among other issues, the “inspection of vehicles and persons;” however, the Supreme Court restricted its assessment to situations concerning the investigation and prosecution of crimes, and not their prevention, which would have included, checkpoints, preventive inspections on public transports, ports, airports, borders, and highways, as well as other administrative inspections.

Moreover, between 2006 and June, 2018, the National Commission on Human Rights issued at least 13 recommendations directed to military institutions related with gross human rights violations committed at military checkpoints, including illegal or arbitrary detentions, torture and other cruel, inhumane, or degrading treatment or punishment, enforced disappearances, and/or extrajudicial executions.

The implementation of military checkpoints constitutes a violation to the freedom of movement, incompatible with international human rights standards, and in practice, have resulted in gross human rights violations such as extrajudicial executions, enforced disappearances, and torture.

Mr. Bonfilio Rubio Villegas’ case will allow the IACHR to assess for the first time the legal nature of a restriction to the freedom of movement, within the context of militarization in Mexico, imposed by the implementation of military checkpoints, under the scope of the Inter-American human rights standards, comparative law, and other regional human rights’ jurisprudence, such as the European. It is estimated that the IACHR may conclude that military checkpoints are incompatible with the obligation to respect human rights.

The militarization of security in Mexico has taken too many lives and it is time to end it. National and international organizations have had the opportunity to establish strong and clear precedents to put an end to this evil that has afflicted Mexico for so long. The time has come to finally stop these abhorrent practices.

Caso Bonfilio Rubio Villegas: Un ejemplo de la relación entre los retenes militares y las violaciones graves a los derechos humanos en México

El 20 de junio de 2009 Bonfilio Rubio Villegas, indígena Naua originario de la comunidad de Tlatzala, Tlapa de Comonfort, estado de Guerrero, fue ejecutado extrajudicialmente en un retén militar mientras se encontraba a bordo del autobús en el que viajaba, cerca de la ciudad de Huamuxtitlán, Guerrero durante una “revisión de rutina” hecho por los militares en el retén; a la fecha su muerte continúa impune. Su caso fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el 2 de enero de 2017 por el Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, el Centro de Derechos Humanos José María Morelos y Pavón y la organización Robert F. Kennedy Human Rights.

El caso del señor Bonfilio Rubio representa uno de tantos relacionados con violaciones graves a los derechos humanos cometidas en retenes militares, las cuales no son escasas ni recientes en México, y se han acentuado tras la militarización del país. En el 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió un fallo histórico, al analizar esta práctica problemática en México, en cuya sentencia encontró al Estado responsable por la detención y desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco, cometida en en un retén militar en el estado de Guerrero.

En el 2016 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió acción de inconstitucionalidad ante la la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en contra de diversas disposiciones del Código de Justicia Militar y del Código Militar de Procedimientos Penales, la cual se encuentra pendiente de resolución. Dentro de las normas alegadas como inconstitucionales se encuentran aquellas que prevén inspecciones a personas y vehículos sin autorización judicial, como es el caso de los retenes militares.

En marzo de 2018 la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió dos acciones de inconstitucionalidad, promovidas en contra de diversos artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales que prevén, entre otras cuestiones, la “inspección de personas y de vehículos”, sin embargo, la Suprema Corte se limitó al análisis a las situaciones enmarcadas en la investigación y persecución de delitos y no a la prevención de los mismos, la cual incluiría, por ejemplo, los retenes, las inspecciones preventivas en transporte público, puertos, aeropuertos, fronteras, y carreteras, y aquellas inspecciones o revisiones administrativas.

Asimismo, entre el 2006 y junio del 2018 la CNDH emitió por lo menos 13 recomendaciones dirigidas a distintas autoridades castrenses por violaciones graves a los derechos humanos cometidas en retenes militares o “puestos de control”, las cuales incluyen detenciones ilegales o arbitrarias, actos de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, desapariciones forzadas, y/o ejecuciones extrajudiciales.

La implementación de retenes militares o puestos de control constituye una restricción al derecho de circulación incompatibles con los estándares internacionales en materia de derechos humanos, y en la práctica, ha derivado en violaciones graves a los derechos humanos como ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzada, y tortura.

El caso del señor Bonfilio Rubio Villegas permitirá a la CIDH analizar por primera vez la naturaleza de una restricción al derecho de circulación, en el contexto de militarización en que vive México, impuesta a mediante la implementación de retenes militares y puestos de control, a la luz de los estándares interamericanos, de derecho comparado, y de otros sistemas regionales de derechos humanos como el europeo, y se estima que podrá concluir que los mismos son incompatibles con el respeto y garantía de los derechos humanos.

La militarización de México ha costado un exceso de vidas y es momento de ponerle un fin. Los organismos nacionales e internacionales han tenido y tienen de nuevo las oportunidades para establecer criterios contundentes y claros que terminen con este mal que ha aquejado a tanto a México ya por demasiado tiempo.